RESOLUCIÓN Nº 34/2026
SANTA ROSA, 23 de abril de 2026
VISTO:
El Expediente Nº 131/2026 - caratulado: “DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD -S/30.000 LTS DE GAS OIL GRADO 3 Y 8.000 LTS DE NAFTA GRADO 3 PARA ZONA NORTE”; y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la contratación para la provisión de combustible - Gasoil Aditivado Grado 3 y Nafta Grado 3 (Mas de 95 RON)-, con entrega en la Estación de Servicio -DPV- General Pico, con encuadre legal en el artículo 34 inciso c) subinciso 1) y art. 34 inc. C subinciso 5) punto d) de la Ley Nº 3 de Contabilidad y modificatorios, de acuerdo a lo normado en la Resolución -DPV- Nº 281/2024;
Que el Tribunal de Cuentas se expidió a través de Resolución N° 33/2026 (fs.44/45), en relación a Orden de Provisión de Bienes y Servicios N° 200468 obrante a fs. 18/20, por la cual se adquiría combustible Gasoil Aditivado Grado 3- y Nafta Grado 3 (más de 95 RON), donde se rechazó la misma en lo relativo a la adjudicación del Item 1 -Gasoil Aditivado Grado 3- y se desestimó la observación de Contraloría Fiscal en lo concerniente a adjudicación de los Items 2 -Nafta Grado 3-;
Que en la misma resolución se indicó que debería emitirse una nueva Orden de Provisión y Servicios, y remitirse para intervención de este Tribunal de Cuentas;
Que a fs. 47/49 se incorpora Orden de Provisión de Bienes y Servicios N° 200474 por los ítem 2 -Nafta Grado 2 y Nafta Grado 3- en la forma según cotización efectuada en autos, a fs. 50 providencia de nueva Preadjudicación suscripta por Presidencia de la Dirección Provincial de Vialidad dejando sin efecto la anterior y a fs. 51 afectación preventiva contabilizando importe negativo en cuanto se deduce la suma correspondiente al Item 3 cuya adquisición no se efectúa;
Que en consecuencia procede la aprobación del acto que se pone a consideración del Tribunal;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Conformar la Orden de Provisión de Bienes y Servicios N° 200474, en virtud de ajustarse a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la Resolución N° 33/2026 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.